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Ahora es más fácil presentar tu declaración anual

Publicado el 12 marzo, 2018

Las personas físicas podrán presentar su declaración anual de una forma más rápida y sencilla.

Correspondiente al ejercicio 2017, el Servicio de Administración Tributaria (SAT) ofrecerá a las personas físicas una propuesta de declaración anual pre-llenada para que, si el contribuyente está de acuerdo solo corrobore sus datos y verifique su clave interbancaria para recibir su saldo a favor en un tiempo estimado de 5 días, José Antonio Guerra Caparrós, delegado de Prodecon, lo informó el pasado abril del 2018.

Para las personas físicas, la fecha límite para realizar la declaración es el día 30 de abril. Recuerda que el no estar al corriente con el SAT puede traer costosas consecuencias. Las personas físicas con actividad empresarial o asalariados pueden recibir una multa del 20 al 100% de la contribución omitida que determina el Servicio de Administración Tributaria.

“Si percibes menos de 20 mil pesos no estás obligado a presentarla”

¿Cómo aplica esta nueva medida? Aquí te explicamos las condiciones:

  1. Quienes reciban un salario de hasta 20 mil pesos están exentos de presentar su declaración anual, si desean hacerlo pueden hacerlo en cualquier momento del año.
  2. El uso de la e-firma sólo será necesario si tienes un saldo a favor mayor a 10 mil pesos y menores a 50 mil pesos cuando cambies la cuenta clabe precargada en tu declaración anual.
  3. Se podrá presentar la declaración por teléfono cuando los ingresos del contribuyente sean exclusivamente por salarios y tenga un saldo a favor igual o menor a 10 mil pesos.

La declaración tiene precargada la información de ingresos, retenciones, pagos provisionales, deducciones personales y deducciones autorizadas.

En el caso de que haya saldo en contra, se generan automáticamente las líneas de captura para el pago en parcialidades. Se puede habilitar el Buzón Tributario en la declaración para que el contribuyente dé seguimiento al proceso.

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